DISPOSICIÓN N° 00061
RÍO GALLEGOS, 09 de junio de 2026.-
V I S T O :
El Expediente N° 944.308/2024, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos y;
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la empresa Minera Patagonia Gold S.A., solicita permiso para el desagote de agua de origen pluvial acumulada en la pileta de decantación N° 2, a fin de dejarla nuevamente operativa y sea utilizada en el tratamiento de agua proveniente del dewatering del Pit Cap Oeste, como propuesta de desarrollo de explotación por galerías subterráneas;
Que el agua será extraída mediante bomba electro sumergible, e impulsada hacia el sector del drenaje denominado Don Pancho;
Que obra en expediente protocolos de análisis físico - químicos de agua de muestras del agua contenida en la pileta realizados por el laboratorio ILA S.A.;
Que la empresa declara que de acuerdo a las dimensiones de la pileta 2, el agua acumulada y a desagotar es de cuatrocientos sesenta metros cúbicos (460 m3);
Que el permiso se extenderá por un periodo de siete (7) días, desde la fecha de emisión de la presente, tiempo necesario de acuerdo a lo declarado por la empresa para realizar el desagote de la pileta;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia, analizando la solicitud de la empresa;
Que obra Dictamen de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica, en expediente de referencia no existiendo objeciones legales a formular,
Que a través de la Ley prerrogativa Ministerio de Energía y Minería N° 3854/2024, en su Art. 8° sustituye el Art. 2° de la Ley Provincial N° 1451, donde establece que la Autoridad de Aplicación de los recursos hídricos provinciales es la Secretaría Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
Artículo 1°) Otorgar permiso a favor de la Empresa Patagonia Gold S.A., con domicilio en Pasaje Feruglio 157, de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, para realizar el desagote de agua de origen pluvial desde la pileta de decantación N° 2, teniendo en cuenta los considerandos de la presente.-
Artículo 2°) Autorizar a desagotar cuatrocientos sesenta metros cúbicos (460m3) de agua acumulada de la Pileta 2, en el Drenaje denominado Don Pancho, siendo el punto de descarga en las coordenadas 47° 56´ 51,51” S; 70° 28´ 7,20” W.-
Artículo 3°) Otorgar permiso para el desagote por un período de siete días (7) desde el día de la fecha.-
Artículo 4°) La empresa Patagonia Gold S.A., deberá presentar ante las oficinas de ésta Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, la declaración jurada del desagote realizado.-
Artículo 5°) El permisionario deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición N° 03/03, “Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial” o la que la reemplace en un futuro.-
Artículo 6°) La Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.-
Artículo 7°) La Secretaría de Estado de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, presentados en carácter de Declaración Jurada.-
Artículo 8°) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de Estado Gestión Financiera. Notifíquese a Minera Patagonia Gold S.A. dese a Boletín Oficial, al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido. ARCHÍVESE.-
Agr. EMILIO HERNÁN RIVERA
Secretario de Estado de Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería