Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM./S.E.R.H.-N° 00053/2026
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Disposiciones Completas / publicado el 08 Septiembre 2026 / BO 6153

DISPOSICIÓN M.E.yM./S.E.R.H.-N° 00053/2026

APROBAR - VISADO DE PLANO DE MENSURA DEL INMUEBLE CHACRA 700 LOCALIDAD - PERITO MORENO/DEPARTAMENTO LAGO BUENOS AIRES
DISPOSICIÓN N° 00053
 
RÍO Gallegos, 01 de junio de 2026.- 
V I S T O :
El Expediente N° 946.427/2026 iniciado a través de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos; y 
CONSIDERANDO:
Que mediante nota presentada por el Agrim. Carlos Roldan (Matrícula Nro 113) se solicita el visado de plano de mensura y división sobre inmueble denominado “Chacra 700 Localidad de Perito Moreno – Departamento Lago Buenos Aires”;
Que para el visado de plano de mensura corresponde la delimitación de la línea de ribera del sector, la cual consta en Disposición Nro. 52-SERH-2026 de Expte. Nro. 946.519/2026;
Que se presentó, en esta Autoridad de aplicación, el plano de mensura con las indicaciones de Línea de ribera y camino de sirga;
Que obra dictamen favorable por parte de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica;
Que a través de la Ley Prerrogativa Ministerio de Energía y Minería N° 3854/2024 en su Artículo 8° se sustituye el Artículo 2° de la Ley Provincial N° 1451 donde establece que la Autoridad de Aplicación es la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
 
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
1°) APROBAR VISADO DE PLANO DE MENSURA DEL INMUEBLE “CHACRA 700 LOCALIDAD DE PERITO MORENO - DEPARTAMENTO LAGO BUENOS AIRES” la cual forma parte del presente expediente a Fs. Nro. 6, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.-
2°) Se deja en reserva para establecer el camino de sirga, el espacio comprendido entre el límite de mensura y la Línea de ribera determinada, siendo este de al menos 15 (quince) metros.-
3°) Atento al carácter declarativo de la determinación de la línea de ribera, aprobada mediante Disposición Nro. 52-SERH-26 los actuales propietarios y/o sucesores universales o particulares de toda o parte de la superficie, no tendrá derecho a reclamo alguno en caso de que toda o parte de la superficie resulte comprendida dentro del dominio público.-
4°) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, la Secretaría de Estado de Gestión Financiera y El Tribunal de Cuentas. Notifíquese al interesado. Dese a Dirección General Boletín oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
 
Agr. EMILIO HERNÁN RIVERA
Secretario de Estado de Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI