Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM./S.E.R.H.-N° 00050/2026
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Disposiciones Completas / publicado el 25 Agosto 2026 / BO 6148

DISPOSICIÓN M.E.yM./S.E.R.H.-N° 00050/2026

INSTRUIR - SUMARIO ADM. AL Sr. CARLOS HÉCTOR WALKER DESIGNAR - INSTRUCTOR SUMARIANTE - JEFE DE DEPARTAMENTO GESTIÓN PERMISO USUARIOS Sr. JUAN ANTONIO ANDRADE
DISPOSICIÓN N° 00050
 
RÍO GALLEGOS, 19 de mayo de 2026.-
V I S T O :
El Expediente Nº 946.483/SERH/2026, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que obra Nota N° 535-SERH-2026, mediante la cual se solicita el inicio de actuaciones administrativas por presunta infracción a la Normativa Hídrica vigente;
Que obra Informe elevado por el Jefe de Departamento Gestión Permiso Usuarios respecto de la inspección realizada con fecha 15 de abril de 2026 en el establecimiento denominado “Los Manantiales”;
Que obra Informe de Inspección del cual surgen elementos que permiten presumir prima facie la captación y utilización de agua pública sin contar con el correspondiente permiso emitido por la Autoridad de Aplicación;
Que conforme lo establecido en el Artículo 10 de la Ley Provincial de Aguas N° 1451, ninguna persona podrá usar agua pública para usos especiales sin permiso o concesión otorgados por la Autoridad competente;
Que la conducta observada encuadraría presuntamente en la infracción prevista en el apartado 1.1 del Régimen de Multas por Contravención aprobado mediante Disposición N° 003-2003;
Que el Artículo 124 de la Ley N° 1451 establece que acreditada prima facie la existencia de una infracción o existiendo indicios suficientes sobre su comisión, la Autoridad de Aplicación procederá a instruir las actuaciones administrativas pertinentes a fin de comprobar el ilícito y determinar sus responsables;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Asesoría Legal Hídrica mediante Dictamen N° 057/SALH/SERH/MEyM/2026, no formulando objeciones jurídicas para la prosecución del trámite;
Que a través de Ley Prerrogativa del Ministerio de Energía y Minería Nro. 3854/24, donde en su Artículo Nro. 8 sustituye el Artículo Nro. 2 de la Ley Provincial Nro. 1451, donde establece que la autoridad de aplicación es la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
 
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1º: INSTRÚYASE Sumario Administrativo al Sr. CARLOS HÉCTOR WALKER D.N.I. 14.881.949, por presunta infracción a la Ley Provincial de Aguas N° 1451 y normativa complementaria, en virtud de la presunta captación y utilización de agua pública sin contar con el correspondiente permiso emitido por la Autoridad de Aplicación, conducta que encuadraría prima facie en lo previsto en el apartado 1.1 del Régimen de Multas por Contravenciones aprobado mediante Disposición N° 003/2003.-
Artículo 2º: DESÍGNASE como Instructor Sumariante al Jefe Departamento Gestión Permiso Usuarios Sr. Juan Antonio Andrade, quien deberá sustanciar las actuaciones conforme el procedimiento previsto en los Artículos 124 y siguientes de la Ley N° 145.-
Artículo 3º: CÍTASE al Sr. Carlos Héctor Walker D.N.I. 14.881.949, a fin de que controle el presente procedimiento ejerciendo su derecho de defensa, en Sede Sumarial cita en calle Comodoro Rivadavia 185 de Río Gallegos, notificándose de esta Disposición, bajo apercibimiento de continuar el trámite sin su intervención.-
Artículo 4º: REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de Estado de Gestión Financiera, y El Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a Carlos Héctor Walker. Dese a la Dirección General de Boletín Oficial, y cumplido ARCHÍVESE.-
 
Agr. EMILIO HERNÁN RIVERA
Secretario de Estado de Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI