Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 00018/2026
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Disposiciones Completas / publicado el 25 Junio 2026 / BO 6128

DISPOSICIÓN M.E.yM/S.E.R.H.-N° 00018/2026

RENOVAR - PERMISO DE EXTRACCIÓN DE AGUA PÚBLICA - EMPRESA: CLEAR PETROLEUM S.A. - LAS HERAS
DISPOSICIÓN N° 00018

RÍO GALLEGOS, 11 de marzo de 2026.-
V I S T O :
El Expediente Nº 944.306/2024, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el presente, la empresa CLEAR PETROLEUM S.A., solicita la autorización para la captación de agua pública, con fines de uso especial -industrial- en la localidad de Las Heras;
Que la captación de agua pública, se realizará en pozo ubicado en S 46° 33’ 12’’ O 68° 55’ 50,1’’ y la dotación solicitada es de quinientos metros cúbicos por día (500 m3/día);
Que obra en el expediente Informe hidrogeológico del punto de captación, como así también análisis fisicoquímicos y bacteriológicos del agua;
Que el uso que se le dará al agua extraída, será catalogado como uso industrial, por lo que se deberá cumplimentar con lo establecido en la Disposición Nro. 020/13 de la Ley 1451; el permiso tendrá vigencia a partir del día de la fecha, por el lapso de un (01) año;
Que obra informe técnico en el expediente de referencia;
Que a través de Ley Prerrogativa del Ministerio de Energía y Minería Nro. 3854/24, donde en su Artículo Nro. 8 sustituye el Artículo Nro. 2 de la Ley Provincial Nro. 1451, donde establece que la autoridad de aplicación es la Secretaria de Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:

EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :

1º) RENOVAR: a la empresa CLEAR PETROLEUM S.A. con domicilio legal constituido en Ruta 43 y Malvinas de la ciudad de Las Heras, Santa Cruz, permiso para la extracción de agua pública de pozo ubicado en las coordenadas S 46° 33’ 12’’ O 68° 55’ 50,1’’ de acuerdo a los considerandos de la presente.-
2°) La dotación de extracción que se autoriza será de quinientos metros cúbicos por día (500 m3/día), por un período de doce (12) meses, a partir del día de la fecha.-
3°) La empresa deberá presentar mensualmente lectura de caudalímetro para su posterior certificación por esta Autoridad de Aplicación.-
4º) La empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, haciéndolo efectivo mediante depósito en cuenta exclusiva para el Canon en Banco Santa Cruz, Nro. Cuenta C/C N° 01-434774/6 CBU 0860001101800043477468 previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.-
5°) En caso de no lograr contratarse fehacientemente y por cualquier motivo, el agua extraída mensual, y siempre que no implique una contravención, se considerará como habitual el máximo caudal autorizado.-
6°) Si efectuara una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, e independientemente de las acciones administrativas que se pudieran originar.-
7°) La empresa deberá solicitar la renovación del presente con una antelación de treinta días a la fecha de caducidad.-
8º) REGÍSTRESE, tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, la Secretaría de Estado de Gestión Financiera y el Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a CLEARPETROLEUM S.A. Dese a Dirección General Boletín Oficial y cumplido. ARCHÍVESE.-

JAVIER HERNÁNDEZ
Secretario de Estado de Gestión Financiera
A/C Secretaría de Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI