Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN A.S.I.P.-N° 0002/2026
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Disposiciones Completas / publicado el 26 Febrero 2026 / BO 6085

DISPOSICIÓN A.S.I.P.-N° 0002/2026

DAR DE BAJA Y EXCLUIR A LAS FIRMAS IUDI COMPAÑÍA FINANCIERA S.A./TARJETA AUTOMÁTICA S.A.
DISPOSICIÓN N° 002
 
RÍO GALLEGOS, 26 de enero de 2026.-
V I S T O :
El Expediente A.S.I.P. Nº 918.719/2025; Resoluciones Generales Nº 010/ASIP/2016 y 011/ASIP/2016, y las facultades otorgadas por el Artículo 10 incisos n) y o) y Artículo 12 inciso b) del Código Fiscal, y
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 11 de julio 2016 se dictaron las Resoluciones Generales A.S.I.P. Nº 010/2016, 011/2016 y 012/2016 mediante las cuales se establecen el Régimen de Agentes de Retención y Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos y Aplicativo STAC-AR, respectivamente, a los efectos de lograr una mejora continua para la generación, presentación y pago de las declaraciones juradas que realizan los agentes, todo ello atento a las facultades conferidas a la ASIP de regular e impartir normas generales obligatorias para los contribuyentes, responsables y terceros en aquellas materias que establece el Código Fiscal en su Artículo 10 inciso n) otorgando la facultad a la ASIP para dictar normas relativas a la creación, actuación y supresión de agentes de retención, percepción y/o información.
Que, con fecha 22 de agosto de 2018 se dictó la Resolución General N° 234 mediante el cual se aprueba el SISTEMA INTEGRAL TRIBUTARIO SANTA CRUZ.-
Que, con fecha 24 de enero de 2019 se dictó la Resolución General N° 40, mediante la cual se estableció el uso Obligatorio del sitio oficial de nuestro Organismo.
Que, corresponde adecuar y modificar algunas de las designaciones realizadas, así como incluir nuevos agentes y excluir otros por situaciones especiales.
Que, es necesario dar de baja y excluir como agente de retención del impuesto sobre los Ingresos Brutos y como agente de Recaudación impuesto de sellos, a las firmas IUDU COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. Y TARJETA AUTOMÁTICA S.A. a partir de 01/08/2025.-
Que, obra dictamen 011/2026 de la Dirección Provincial Legal y Técnica N° 011/2026.-
Que, la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 3.470 y el Decreto N° 1043/2025.-
Por ello:

EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA SANTACRUCEÑA DE INGRESOS PÚBLICOS
D I S P O N E :
 
ARTÍCULO 1º.- DAR DE BAJA y EXCLUIR como Agente de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, conforme Art. 1º de la Resolución General A.S.I.P. Nº 010-ASIP/2016 y ANEXO I de la misma, a las firmas que se detallan a continuación:
 
  • IUDU COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. (CUIT N° 30-70181085-2) – Régimen SIT SANTA CRUZ, a partir del 01/08/2025.-
  • TARJETA AUTOMÁTICA S.A. (CUIT N° 30-70791469-2) – Régimen SIT SANTA CRUZ, a partir del 01/08/2025.-
 
ARTÍCULO 2°.- DAR DE BAJA y EXCLUIR como Agente de Recaudación del Impuesto de Sellos, conforme Art. 1° de la Resolución General A.S.I.P. N° 011-ASIP/2016 y del Anexo I de la misma, a las firmas que se detallan a continuación:
 
  • IUDU COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. (CUIT N° 30-70181085-2) – Régimen SIT SANTA CRUZ, a partir del 01/08/2025.-
  • TARJETA AUTOMÁTICA S.A. (CUIT N° 30-70791469-2) – Régimen SIT SANTA CRUZ, a partir del 01/08/2025.-
 
ARTÍCULO 3°.- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE a quien corresponda, DESE al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
 
CHRISTIAN A. BRIZIC
Director Ejecutivo
Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos

 


AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI