Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM./S.E.R.H.-N° 00059/2025
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Disposiciones Completas / publicado el 22 Enero 2026 / BO 6074

DISPOSICIÓN M.E.yM./S.E.R.H.-N° 00059/2025

RECHAZAR - PLANTEO DE NULIDAD ABSOLUTA (FOJAS 52/54) - EMPRESA: TRANSPA S.A./CONTRA DISPOSICIÓN N° 010/SERH/2025
DISPOSICIÓN N° 00059
 
RÍO GALLEGOS, 13 de agosto de 2025.-
V I S T O :
El Expediente N° 944.483/2024, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos con motivo de la infracción constatada a la empresa TRANSPA S.A.;
La Ley Provincial N° 1451 de Aguas Públicas de la Provincia de Santa Cruz, en su Capítulo XIV - Contravenciones, Artículo 122, que establece el régimen sancionatorio por infracciones a la normativa de recursos hídricos;
La Disposición N° 010/SERH/2025 de fecha 25 de febrero de 2025;
CONSIDERANDO:
Que la empresa TRANSPA S.A. ha sido debidamente notificada de la infracción constatada y sancionada con un total de cincuenta mil (50.000) módulos, y ha tenido oportunidad de ejercer su derecho de defensa, la cual fue analizada y evaluada por esta Autoridad del Agua;
Que la infracción cometida por la empresa configura una transgresión a la normativa vigente en materia de recursos hídricos, en particular a lo establecido en el punto 1.1 de la Disposición N° 03-03, en lo referido al pozo de captación de agua y vertido de efluentes sanitarios en la Estación Transformadora Río Gallegos;
Que en consecuencia, corresponde aplicar la sanción prevista conforme al marco legal aplicable;
Que el valor del módulo equivale al precio de un (1) litro de gasoil en la estación de servicio ACA Río Gallegos, debiendo consultarse su valor actualizado al momento de realizar el depósito correspondiente;
Que las multas deberán ser abonadas mediante depósito en la cuenta corriente N° 01-434774/6 del Banco de Santa Cruz, CBU N° 086000110180004377468, a nombre del Ministerio de Energía y Minería;
Que a fojas 52/54 la parte interesada interpuso planteo de nulidad absoluta respecto de la Disposición N° 010/SERH/2025, reservándose el derecho de ampliar fundamentos y solicitando vista del expediente;
Que corresponde tener por presentado en tiempo y forma el descargo efectuado y por acompañada la documentación técnica adjunta;
Que la empresa manifiesta haber realizado las gestiones necesarias para regularizar el trámite de habilitación de captación de agua del pozo y vertido de efluentes sanitarios en la Estación Transformadora Río Gallegos (ETRG);
Que esta Asesoría Letrada considera improcedente el planteo de nulidad absoluta formulado por TRANSPA S.A., por no verificarse vicios sustanciales que afecten la validez del acto administrativo cuestionado;
Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 9, inciso e) de la Ley N° 3842 de fecha 3 de enero de 2024, la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos es la autoridad de aplicación en materia de recursos hídricos provinciales;
Que mediante la Ley N° 3854, se sustituyó el Artículo 2° de la Ley Provincial N° 1451, ratificándose que dicha Secretaría, dependiente del Ministerio de Energía y Minería, constituye la autoridad de aplicación;
Que obra dictamen legal de la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica de esta Secretaría;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO:
 
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1°: Rechazar el planteo de nulidad absoluta formulado a fojas 52/54 por la empresa TRANSPA S.A. contra la Disposición N° 010/SERH/2025 de fecha 21 de abril de 2025, por los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Artículo 2°: Ratificar en todos sus términos la Disposición N° 010/SERH/2025, mediante la cual se declara y sanciona a la empresa TRANSPA S.A., constituyendo domicilio en calle Gobernador Mayer N° 652 de la ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, conforme la documentación obrante en el expediente.-
Artículo 3°: Otorgar vista a la empresa TRANSPA S.A. del expediente N° 944.483/2024 por el plazo de tres (3) días hábiles contados a partir de su notificación, debiendo la persona autorizada acreditar identidad al momento de la presentación. La vista se realizará en días hábiles, en el horario de 10:00 a 13:00 hs, en las oficinas de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, sita en calle Alberdi N° 643, ciudad de Río Gallegos. La extracción de copias, escaneos o cualquier forma de digitalización del expediente queda a exclusivo cargo de la empresa, informándose expresamente que el expediente no podrá ser retirado de la dependencia. Asimismo, la empresa deberá informar por escrito el día y horario en que realizará la vista, quedando habilitada a ampliar los fundamentos que estime pertinentes.
Artículo 4°: Regístrese, notifíquese a la empresa TRANSPA S.A., tómese razón en el Ministerio de Energía y Minería, la Secretaría de Estado de Gestión Financiera y el Tribunal de Cuentas. Publíquese en Dirección General del Boletín Oficial. Cumplido, Archívese.-
 
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI