DISPOSICIÓN N° 00029
RÍO GALLEGOS, 16 de abril de 20 25.-
V I S T O :
El Expediente Nº 944.415/2024, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante a fojas 5 del citado expediente, el Sr. Manuel Moreno, en carácter de apoderado de Estancia RÍO BOTE – PATAGONIA PROFUNDA S.A., solicita autorización para el reacondicionamiento del sistema de riego por canales, con el objetivo de reactivar el uso del recurso hídrico proveniente del río Bote, como fuente exclusiva de abastecimiento, destinado a la producción de setecientas (700) hectáreas en una primera etapa;
Que se ha designado como responsable técnica del proyecto a la Ing. Agr. María Virginia Sturzenbaum, quien suscribe la memoria técnica y planos del sistema de riego;
Que a fojas 29 obra el boleto de venta judicial de la Estancia Río Bote, en el que resulta adquirente PATAGONIA PROFUNDA S.A., y a fojas 11 se encuentra agregado el Estatuto Social de dicha sociedad;
Que a fojas 23 del expediente consta el poder general amplio de administración y disposición otorgado por PATAGONIA PROFUNDA S.A. al Sr. Manuel Moreno;
Que a fojas 34 se presenta la Memoria Descriptiva del Proyecto de Sistematización de Riego, y entre fojas 52 a 55, los planos del azud nivelador, perfiles longitudinales y transversales de canales y compuertas de regulación;
Que el permiso de uso del recurso hídrico se autoriza para el período comprendido entre el 1º de agosto y el 1º de mayo de cada año, debiendo el permisionario instalar compuertas en la entrada de cada canal principal;
Que a fojas 64 a 69 constan las publicaciones requeridas por esta Secretaría sobre la solicitud de autorización y registro del sistema de riego;
Que obra en el expediente el correspondiente Informe Técnico elaborado por profesionales de esta Secretaría;
Que obra en expediente el Informe de Inspección y el Acta de Constatación realizados por técnicos de esta Secretaría de Estado, en los cuales se verifica la ubicación de la toma de agua y de los canales primarios proyectados, corroborando que las obras propuestas se ajustan a lo declarado en la memoria técnica presentada;
Que el proyecto se ajusta a las disposiciones vigentes en materia de uso y conservación del recurso hídrico, debiendo el permisionario dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Nº 113/DPRH/2022 o aquella que la sustituya en el futuro;
Que se cuenta con dictamen favorable emitido por la Subsecretaría de Asesoría Letrada Hídrica, sin observaciones legales que formular;
Que la Ley Provincial Nº 3842, en su artículo 9º, inciso e), establece a la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos como autoridad de aplicación en materia de recursos hídricos en el ámbito de la provincia;
Que mediante Ley Nº 3854/2024 se sustituyó el artículo 2º de la Ley Provincial Nº 1451, reafirmando la competencia de esta Secretaría, dependiente del Ministerio de Energía y Minería;
Que corresponde dictar el instrumento legal que autorice formalmente la ejecución de la obra solicitada;
POR ELLO;
SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
Artículo 1º: AUTORIZAR la ejecución del proyecto de reacondicionamiento del sistema de riego a favor de PATAGONIA PROFUNDA S.A., en el establecimiento Río Bote, consistente en el aprovechamiento de agua del río Bote, mediante la construcción de un azud nivelador y dos boca tomas para sistematización de riego, en un todo de acuerdo con los considerando de la presente.-
Artículo 2º: AUTORIZAR la construcción del azud nivelador sobre el río Bote, el cual se emplazará en las coordenadas 50°17'41.07"S - 71°43′8.96"O.-
Artículo 3º: ESTABLECER un caudal máximo autorizado de 0,68 m³/s (metros cúbicos por segundo) para el sistema de riego, válido desde el 1º de agosto hasta el 1º de mayo de cada año, correspondiendo dicho caudal al volumen total autorizado para ambas tomas del sistema.-
Artículo 4º: Finalizado el período autorizado, el permisionario deberá proceder al cierre de compuertas, impidiendo el ingreso de agua a los canales, y notificar fehacientemente a esta Secretaría.-
Artículo 5º: El permisionario deberá remitir, con carácter trimestral, aforos del río Bote, a efectos de verificar que no se afecte el recurso hídrico.-
Artículo 6º: El presente permiso se extiende por el término de dos (2) años contados a partir de la fecha de su otorgamiento.-
Artículo 7º: Una vez finalizadas las obras, el permisionario deberá informar formalmente a esta Secretaría, remitiendo el informe técnico de obra, plano conforme a obra, calibración de compuertas, instalación de regla limnimétrica y registro fotográfico correspondiente. La regla limnimétrica deberá ser colocada en cada toma principal de manera tal que, una vez realizada la calibración, permita relacionar fácilmente la altura del agua con el caudal ingresado al sistema de riego.-
Artículo 8º: El permisionario deberá notificar a esta Secretaría, con al menos setenta y dos (72) horas de antelación, el inicio de las obras, a fin de permitir la constatación in situ del cumplimiento de lo establecido en la memoria técnica.-
Artículo 9º: Esta Secretaría podrá revocar el presente permiso cuando lo considere necesario, ante la verificación de impactos negativos sobre el recurso hídrico o por incumplimiento de la normativa vigente.-
Artículo 10º: El permisionario deberá solicitar la renovación del presente 30 días antes de caducar, presentado la documentación pertinente.-
Artículo 11º: La apertura de las compuertas al inicio de cada temporada de riego será realizada exclusivamente por personal autorizado de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, quien procederá asimismo a su precintado. Del mismo modo, al finalizar el período autorizado, esta Secretaría llevará a cabo el cierre de las compuertas y colocará los precintos correspondientes. La manipulación no autorizada o rotura de precintos será considerada una falta grave contra el orden público y dará lugar a la aplicación de sanciones conforme a la normativa vigente.-
Artículo 12º: Regístrese. Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de Estado de Gestión Financiera, Tribunal de Cuentas. Notifíquese a PATAGONIA PROFUNDA S.A. Dese a la Dirección General de Boletín Oficial. Cumplido, ARCHÍVESE.-
JUAN MOYANO
Secretario Estado Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería