Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 00101/2023
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Disposiciones Completas / publicado el 11 Enero 2024 / BO 5844

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 00101/2023

RENOVACIÓN PERMISO CAPTACIÓN DE AGUA - POZOS PMC-PA1/PMC-PA3 - EMPRESA PAN AMERICAN ENERGY S.L.
DISPOSICIÓN N° 00101
 
RÍO GALLEGOS, 24 de noviembre de 2023.-
V I S T O :
Los cuerpos del Expediente N° 494.039/2020, iniciados por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante documentación obrante en el presente, la empresa Pan American Energy S.L., solicita la renovación la renovación del permiso para la explotación de aguas subterráneas en el Yacimiento Meseta Catorce, Cerro Dragón de la provincia de Santa Cruz;
Que, las perforaciones se denominan pozos aguateros, y se encuentran localizados en coordenadas PMC-PA1 Latitud S 46°03’°40,98’’, Longitud O 68°50’12.9’’ y el pozo PMC-PA3 se encuentra ubicado en las coordenadas Latitud S 46°03’52,80’’, Longitud O 68°50’23.40’’;
Que, el volumen de extracción autorizado será para el pozo PMC-PA1: 4m3/h y PMC-PA3 2,4m3/h, ambos con destino para uso industrial de vertido previamente tratado se han fijado en 3m3/día, según lo indicado por la empresa, estimado como el 80% del consumo de agua registrado;
Que, de acuerdo a las características de la extracción de agua pública, la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley N° 1451;
Que obra informe técnico en el expediente, no obrando objeciones técnicas;
Que obran en el expediente, protocolos actualizados de análisis fisicoquímicos y bacteriológicos de las perforaciones;
Que, dicho permiso se extenderá por un período de doce (12) meses;
Que obra en el expediente, dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal;
Que mediante Ley N° 2625 promulgada por Decreto N° 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N° 1451, el que mediante Resolución N° 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO;
 
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1°) RENOVAR, a la empresa Pan American Energy S.L., con domicilio legal constituido en la calle Chacabuco Nro.78, de la ciudad de Río Gallegos, Santa Cruz, el permiso para la captación de agua de los pozos PMC-PA1 localizado en coordenadas Latitud S 46°03’40,98’’, Longitud O 68°50’12.9’’ y el pozo PMC-PA3 se encuentra ubicado en las coordenadas Latitud S 46°03’52,80’’, Longitud O 68°50’23.40’’.-
Artículo 2°) El máximo volumen de extracción autorizado será de 4m3/h para el pozo PMC-PA1: y 2,4m3/h PMC-PA3, ambos con destino para uso industrial.-
Artículo 3°) El permiso otorgado tendrá vigencia por el lapso de 1 (un) año, a partir de la fecha.-
Artículo 4°) Que la empresa deberá presentar semestralmente los protocolos de análisis fisicoquímicos, bacteriológicos metales pesados e hidrocarburos totales de las captaciones, presentándolos en tiempo y forma ante esta DPRH.-
Artículo 5°) La empresa deberá presentar en forma mensual, ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la lectura de los caudalímetros en carácter de Declaración Jurada, para su correspondiente certificación.-
Artículo 6°) Que el pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP- cuenta corriente N° 03/1416055/2, CBU 0860001101800041605522, Alias: RECAUDACIONESCAP, Suc. Río Gallegos, previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido, el que se encuentra estipulado en la Disposición N° 20/DPRH/2013, acorde a la Ley Provincial N° 1451.-
Artículo 7°) La Autoridad de Aplicación, podrá revocar el permiso otorgado en los términos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa vigente.-
Artículo 8°) La Empresa deberá informar toda novedad en relación a las instalaciones (rotura de caudalímetro y/o casilla de protección, de su precinto, etc.), a la Autoridad de Aplicación, en el momento en que el usuario tome conocimiento de lo descripto, especialmente aquellas que hacen al funcionamiento del instrumental y su seguridad, tendiente a que la explotación sea cuantificable correctamente. Informando luego fechas de trabajo para subsanar tales inconvenientes, presentando posteriormente a la Autoridad de Aplicación informes de las tareas realizadas.-
Artículo 9°) La solicitud para la renovación de la presente Disposición deberá ser efectuada formalmente con una antelación de 30 días corridos a la fecha de caducidad, por la parte interesada.-
Artículo 10°) Esta Dirección Provincial deja constancia que la presente fue elaborada a partir de documentación y datos, suministrados por la parte interesada, en carácter de declaración jurada.-
Artículo 11°) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial, Dirección Provincial Secretaría General, Dirección General Administración, Dirección General de Despacho y el Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a TGS S.A., dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
 
Ing. TAPIA MÓNICA
Directora Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI