Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 00093/2023
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Disposiciones Completas / publicado el 28 Diciembre 2023 / BO 5840

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 00093/2023

AUTORIZACIÓN EXTRACCIÓN DE AGUA PARA USO INDUSTRIAL - LA MARCELINA/ARROYO PUESTO 23 - EMPRESA AUSTRALIS S.A.
DISPOSICIÓN N° 00093

RÍO GALLEGOS, 09 de noviembre de 2023.-
V I S T O :
El Expediente Nº 494.466/2021,  iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el presente, la Empresa AUSTRALIS S.A., solicita la renovación del permiso de captación de agua pública y vertido de efluentes sanitarios en el marco del proyecto denominado “SASCHA - MARCELINA”;
Que la captación de agua publica se realizara en la aguada denominada MARCELINA coordenadas del punto de captación S 47º48’’32.5’’ O 70º13’41.9’’ dentro de la estancia “LA MARCELINA”, y en el denominado ARROYO PUESTO 23, coordenadas del punto de captación S 47º42’’47.6’’ O 70º04’19’’ dentro de la estancia “BAJO PELLEGRINI”;
Que la dotación a autorizar será de 1 m3/día, para la aguada la Marcelina y de 60 m3/día para el punto denominado ARROYO PUESTO 23, ambos destinados a  uso especial (industrial), en función de los trabajos de sondaje minero que procederán a efectuar;
Que los efluentes sanitarios serán tratados a través de un biodigestor, para luego ser vertidos en un lecho nitrificante ubicado en las coordenadas 47°46’21,29’’ 69°55’15,94’’, la dotación máxima a verter se ha fijado en un volumen de 2,5 m3/día, en función de las personas abocadas a los trabajos a desarrollarse;
Que obra informe Técnico a fojas Nº 386 del expediente de referencia;
Que La empresa dio efectivo cumplimiento con lo especificado en el artículo N° 40 de la Ley N° 1451, no existiendo objeciones a la presentación cursada por la empresa;
Que asimismo obra dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal del Consejo Agrario Provincial, obrante en expediente de referencia;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
ARTÍCULO 1º) AUTORIZAR: a la empresa AUSTRALIS S.A., con domicilio real en calle Liniers Nro. 370, Barrio Bombal, Godoy Cruz provincia de Mendoza y domicilio legal constituido en  pasaje Feruglio Nro. 157 de la ciudad de Río Gallegos, Santa Cruz; para la extracción de agua para uso industrial en función de los trabajos de sondaje minero que procederán a efectuar, en la aguada denominada MARCELINA coordenadas del punto de captación S 47º48’’32.5’’ O 70º13’41.9’’ dentro de la estancia “LA MARCELINA, y en el denominado ARROYO PUESTO 23, coordenadas del punto de captación S 47º42’’47.6’’ O 70º04’19’’ dentro de la estancia “BAJO PELLEGRINI”, y para el vertido de efluentes sanitarios previamente tratados en las coordenadas 47°46’21.9’’ 69° 55’ 15.94’’, en Departamento Lago Buenos Aires, provincia de Santa Cruz.-
ARTÍCULO 2°) La dotación de extracción de agua que se autoriza será de 60 m3/día, para el denominado Arroyo Puesto 23, de 1 m3/día, para la denominada Aguada Marcelina, y el volumen máximo autorizado de efluente vertido será de 2,5 m3/día, ambos por un período de seis (6) meses, a partir de octubre 2023 a marzo 2024 inclusive.-
ARTÍCULO 3) La empresa deberá presentar en forma mensual, ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, Planilla de Consumos en carácter de declaración jurada, en la misma se deberá reflejar la lectura del caudalimetro instalado, con una foto legible y a color de la última lectura, exponiendo los consumos del agua extraída, así mismo deberá declarar los vertidos de efluentes para efectuar la correspondiente certificación.-
ARTÍCULO 4º) La captación tendrá carácter de uso especial, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451, o la que en un futuro la reemplace, haciéndolo efectivo mediante deposito en el Banco Santa Cruz a la Cuenta Corriente N° 03-1416055/2, CBU 0860001101800041605522, Alias: RECAUDACIONESCAP, Cuit N° 30-65694983-6, previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido. Dicho pago deberá ser acreditado en esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dentro de los 30 días siguientes a la correspondiente certificación emitida.-
ARTÍCULO 5°) El presente fue elaborado a partir de documentación suministrada por la parte interesada, en carácter de declaración jurada.-
ARTÍCULO 6°) Para la renovación de la presente, la parte interesada deberá solicitarlo formalmente con una antelación de 30 días corridos a la fecha de caducidad.-
ARTÍCULO 7°) En caso de no lograr constatarse fehacientemente y por cualquier motivo, el agua extraída mensual, y siempre que no implique una contravención, se considerara como habitual el máximo caudal autorizado.-
ARTÍCULO 8°) Si efectuara una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, independientemente de las acciones administrativas que dieran origen a la infracción.-
ARTÍCULO 9º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial, Dirección Provincial Secretaría General, Dirección General Administración. Dirección General de Despacho, Notifíquese a AUSTRALIS S.A. Dese al Boletín Oficial, Tribunal de Cuentas y cumplido ARCHÍVESE.-

Ing. TAPIA MÓNICA
Directora Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI