Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 00089/2023
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Disposiciones Completas / publicado el 21 Diciembre 2023 / BO 5838

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 00089/2023

RENOVACIÓN PERMISO EXTRACCIÓN DE AGUA SUBTERRANEA - POZO 1  - EMPRESA TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A.
DISPOSICIÓN N° 00089
 
RÍO GALLEGOS, 07 de noviembre de 2023.-
 
V I S T O :
El Expediente Nº 489.214/2012, iniciados por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante documentación obrante en el presente, la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A., solicita la renovación del permiso de captación de agua subterránea y vertido de efluentes sanitarios en la Planta Compresora Piedrabuena;
Que el pozo de agua se encuentra ubicado en las coordenadas 50º 17´19,2” S – 69º 12´38.1” W, y el uso que se le dará al agua es uso doméstico en la actividad industrial;
Que la empresa solicita una dotación de nueve con veinticinco metros cúbicos por día (9,25 m3/día), según la cantidad de personal afectado y las estimaciones realizadas por la empresa para limpieza de las inhalaciones y riego del parquizado;
Que le sistema de tratamiento que reciben los efluentes es primario, mediante cámara séptica, donde luego es vertido en pozos absorbentes;
Se definen dos sectores de vuelcos denominados:
  • Pozo Nro. 1: ubicado en las siguientes coordenadas: 50º 17´ 15” S - 69º 12´ 37,26” O.-
  • Pozo Nro. 2: ubicado en las siguientes coordenadas: 50º 17´ 16,06” S – 69º 12´ 37,03” O.-
Que la cantidad máxima de efluente a verter será de 7,4 m3 diaria, según lo indicado por la empresa.
Que de acuerdo a las características del vertido y la extracción de agua pública, la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley Nº 1451.
Que, mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1º) Renovar, a la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A., con domicilio legal constituido en Chacabuco Nro. 78 de la ciudad de Río Gallegos, Santa Cruz; el correspondiente permiso para la extracción de agua subterránea en pozo ubicado en las 50º 17´19,2” S – 69º 12´ 38,1” W, y para el vertido de efluentes sanitarios, previamente tratados, en dos pozos absorbentes ubicados en las siguientes coordenadas: Pozo 1: 50º 17´ 15” S - 69º 12´ 37,26” O y Pozo 2: 50º 17´ 16,06” S – 69º 12´ 37,03” O.-
Artículo 2°) Que la dotación máxima de agua que se autoriza será de nueve con veinticinco metros cúbicos por día (9,25m3/d), según la cantidad de personal afectado y las estimaciones realizadas por la empresa para limpieza de las instalaciones y riego del parquizado.
Artículo 3º) El máximo volumen autorizado de efluente vertido previamente tratado, será de siete con cuatro metros cúbicos por día (7,4 m3/d).
Artículo 4º) El permiso tendrá vigencia por un período de doce (12) meses, a partir del día de la fecha.
Artículo 5º) Que la empresa deberá presentar en forma mensual, ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, el volumen vertido y la lectura del caudalímetro, en carácter de Declaración Jurada, para su correspondiente certificación.
Artículo 6°) La empresa deberá presentar semestralmente protocolos de análisis fisicoquímicos y bacteriológicos del efluente vertido previamente tratado, así como también los análisis del agua, presentándolos en tiempo y forma ante esta DPRH.
Artículo 7º) La Empresa deberá informar toda novedad en relación a las instalaciones (rotura de caudalímetro y/o casilla de protección, de su precinto, etc.), a la Autoridad de Aplicación, en el momento en que el usuario tome conocimiento de lo descripto, especialmente aquellas que hacen al funcionamiento del instrumental y su seguridad, tendiente a que la explotación sea cuantificable correctamente. Informando luego fechas de trabajo para subsanar tales inconvenientes, presentando posteriormente a la Autoridad de Aplicación informes de las tareas realizadas.
Artículo 8º) La empresa dio efectivo cumplimiento con lo especificado en el artículo Nro. 40, de la Ley Nº 1451, no existiendo objeciones a la presentación cursada.
Artículo 9º) Que la empresa deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Nº 001/DPRH/00 “Tasa por inspección y habilitación de obras hidráulicas”.
Artículo 10º) Que el pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP- cuenta corriente Nº 03/1416055/2, CBU 0860001101800041605522, Alias: RECAUDACIONESCAP, Suc. Río Gallegos, previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido, el que se encuentra estipulado en la Disposición Nº 20/DPRH/2013, acorde a la Ley Provincial Nº 1451.
Artículo 11º) La Autoridad de Aplicación, podrá revocar el permiso otorgado en los términos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa vigente.
Artículo 12°) La solicitud para la renovación de la presente Disposición deberá ser efectuada formalmente con una antelación de 30 días corridos a la fecha de caducidad, por la parte interesada.
Artículo 13º) Esta Dirección Provincial deja constancia que la presente fue elaborada a partir de documentación y datos, suministrados por la parte interesada, en carácter de declaración jurada.
Artículo 14º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial, Dirección Provincial Secretaría General, Dirección General Administración, Dirección General de Despacho y el Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A., Dese al Boletín Oficial y cumplido. ARCHÍVESE.-
 
Ing. TAPIA MÓNICA
Directora Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI