Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0078/2022
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Disposiciones Completas / publicado el 20 Abril 2023 / BO 5764

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0078/2022

PERMISO EXTRACCIÓN DE AGUA PÚBLICA - POZO DENOMINADO NRO. 1 - ROBERTO BASANTA
DISPOSICIÓN N° 00078
 
RÍO GALLEGOS, 24 de agosto de 2022.-
V I S T O :
El Expediente Nº 495.449/2022, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que el Sr. BASANTA Roberto, mediante documentación obrante en el expediente de referencia, solicita el usufructo de agua con fines comerciales, del pozo denominado Nro. 1 ubicado en las coordenadas 47° 49’ 22’’ 66° 35’ 54’’ del establecimiento ALICIA., distante 70 km. de la localidad de Puerto Deseado;
Que el pozo posee de 2,5 m de profundidad, y 8 por 10 metros de superficie, a lo que el solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para calzar el mismo y realizar una tapa, como así también colocar caudalímetro de acuerdo a lo especificado en la disposición Nro. 03-03;
Que la dotación solicitada es de 12,5m3/h, y se condice con ensayo de bombeo obrante en el expediente;
Que se dio efectivo cumplimiento con lo especificado en el artículo Nro. 40° de la Ley Nro. 1451, no existiendo objeciones a la presentación cursada por la empresa;
Que obra en el ensayo de bombeo en el punto de captación, como así también análisis fisicoquímicos y bacteriológicos del agua;
Que el uso que se le dará al agua extraída, será catalogado como uso industrial, captación de agua para la venta, por lo que se deberá cumplimentar con lo establecido en la Disposición Nro. 020/13 de la Ley 1451;
Que la empresa dio efectivo cumplimiento con lo especificado en el artículo Nro. 40° de la Ley Nro. 1451, no existiendo objeciones a la presentación cursada por la empresa;
Que obra informe técnico en el expediente de referencia;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
1º) OTORGAR, Al Sr. Roberto BASANTA D.N.I. 11.039.169, domicilio legal constituido en B° 25 viviendas, casa 11 de la de la ciudad de Puerto Deseado Santa Cruz, permiso para la extracción de agua pública del pozo denominado Nro. 1 ubicado en las coordenadas 47° 49’ 22’’ 66° 35’ 54’’ del establecimiento ALICIA., distante 70 km de la localidad de Puerto Deseado.-
2°) La dotación de extracción que se autoriza será de 12.5 m3/h, por un período de doce (12) meses, a partir del día de la fecha.-
3º) A los fines de la correcta cuantificación de los caudales extraídos el solicitante, en un lapso no mayor a 30 días de notificado de la presente, deberá instalar caudalímetro, y aislar el pozo, de acuerdo a lo especificado en la Disp. 03-DPRH-03, presentar a modo de Declaración Jurada, la lectura del caudalímetro con consumos mensuales registrados. El incumplimiento de lo aquí dispuesto provocará la caducidad de pleno derecho de la presente, sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial alguna.-
4º) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondo de terceros, Suc. Río Gallegos Nro. Cuenta 720273/0-001 CBU 0860001101800072027304, N° de Cuit: 30-65694983-6 previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido mensualmente.-
5°) El presente fue elaborado a partir de documentación suministrada por la parte interesada, en carácter de declaración jurada.-
6°) Para la renovación de la presente, la parte interesada deberá solicitarlo formalmente con una antelación de 30 días corridos a la fecha de caducidad.-
7°) En caso de no lograr constatarse fehacientemente y por cualquier motivo, el agua extraída mensual, y siempre que no implique una contravención, se considerara como habitual el máximo caudal autorizado.-
8°) Si efectuara una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, independientemente de las acciones administrativas que se pudieran cursar.-
9º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial, Dirección Provincial Secretaría General, Dirección General Administración. Dirección General de Despacho. Notifíquese al Sr. Roberto BASANTA, Dese al Boletín Oficial, Tribunal de Cuentas y cumplido ARCHÍVESE.-
 
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI