DECRETO N° 1058
RÍO GALLEGOS, 19 de octubre de 2026.-
Expediente MPCI-N° 442.135/26 (XIII Cuerpos).-
APRUÉBASE el procedimiento de la Licitación Pública N° 01/UN.E.PO.S.C./2026, tendiente a la ejecución de la obra pública denominada “REESTRUCTURACIÓN MUELLE PUERTO DESEADO - ETAPA 1: RECONSTRUCCIÓN SITIO N° 4, SECTOR I Y ZONA DE TRANSICIÓN (UNIRSE)”, autorizada por Decreto N° 0525/26.-
DECLÁRASE INADMISIBLE la oferta presentada por la firma “PREKAD S.R.L.” (CUIT N° 30-71588398-4), por carecer de la garantía de oferta exigida por el Artículo 23 de la Ley N° 2743 y el Artículo 14, Inciso c), del Pliego de Condiciones Generales, y por no acreditar la capacidad de contratación requerida por el Artículo 37 del Pliego de Condiciones Particulares.-
DESESTÍMASE la oferta presentada por la Unión Transitoria “PENTAMAR S.A. (CUIT N° 30-51911353-4) - ECOSUR BAHÍA S.A. (CUIT N° 30-50560792-5)”, por exceder en más de un veinte por ciento (20 %) el presupuesto oficial, en los términos del artículo 32 de la Ley N° 2743.-
ADJUDÍCASE la Licitación Pública N° 01/UN.E.PO.S.C./2026 a la firma “DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS S.A.” (CUIT N° 30-51966278-3), Proveedor del Estado N° 102212, con domicilio en calle 3 de Febrero N° 2750, piso 2°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la suma total de PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA CON VEINTE CENTAVOS ($ 12.987.099.330,20.-), bajo el sistema de ajuste alzado, en un todo de acuerdo con los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas aprobados por Decreto N° 0525/26, sus circulares, y la oferta presentada en el acto de apertura.-
La erogación que demande el cumplimiento del presente será atendida con recursos del Fondo Fiduciario UniRSE, subcomponente 5.1 “Fomento y Apoyo Financiero a proyectos de obra de infraestructura”, conforme la Resolución N° 51/25 del Comité Administrador del Fondo Fiduciario UniRSE, y abonada por la autoridad competente mediante certificaciones de obra conforme el régimen previsto en la documentación licitatoria.-
INSTRÚYESE a la Unidad Ejecutora Portuaria de Santa Cruz a: a) notificar fehacientemente el presente a todos los oferentes; b) requerir a la adjudicataria la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato equivalente al cinco por ciento (5 %) del monto adjudicado, conforme el Artículo 35 de la Ley N° 2743 y el Artículo 19 del Pliego de Condiciones Generales; c) verificar, en forma previa a la suscripción del contrato, la documentación exigida por el Artículo 39 del Pliego de Condiciones Particulares y la habilitación profesional vigente ante el Consejo Profesional de la Agrimensura, Ingeniería y Arquitectura de la Provincia de Santa Cruz (Ley N° 272), títulos y antecedentes de la totalidad del plantel profesional comprometido conforme el Artículo 38.3 de dicho pliego; d) suscribir el contrato respectivo; e) disponer la devolución de las garantías de mantenimiento de oferta a los oferentes no adjudicatarios, una vez perfeccionado el contrato; y f) a abonar a la adjudicataria a través de las áreas competentes de ese organismo y/o del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, mediante las transferencias respectivas, los certificados de Obra que se expidan en cumplimiento de lo previsto en el presente trámite.-