DECRETO N° 1149
RÍO GALLEGOS, 22 de diciembre de 2025.-
Expediente MSA-N° 990.439/25.-
ELIMÍNASE a partir del día 1° de marzo del año 2025, un (1) Agrupamiento Escalafonario: Técnico - Nivel: B1 - Grado: IX - Tramo: Intermedio - Régimen Horario: 120 Horas Mensuales (Part Time) - JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente - SAF: 118 (Hospital Regional Río Gallegos) y CRÉASE en la misma JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente - SAF: 123 (Hospital Seccional Puerto Santa Cruz) un (1) Agrupamiento Escalafonario: General - Nivel: D - Grado: I - Tramo: Inicial - Régimen Horario: 120 Horas Mensuales (Part Time), de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley de Presupuesto N° 3908 del Ejercicio 2025.-
DESÍGNASE a partir del día 1° de marzo del año 2025, en el cargo de Jefe Departamento de Sistemas dependiente del Hospital Seccional Puerto Santa Cruz de la Subsecretaría de Acceso y Equidad en Salud de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente - JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente - SAF: 123 (Hospital Seccional Puerto Santa Cruz), al señor Rubén David PIÑERO CHANAMPE (Clase: 1986 - D.N.I. N° 32.087.026), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Ministerio de Salud y Ambiente y de la Caja de Servicios Sociales, homologado por Decreto N° 0394/22, conforme a los términos establecidos en el marco del Artículo 4° de la Ley N° 1831.-
DÉJASE ESTABLECIDO que el agente designado en el Artículo anterior, percibirá una remuneración equivalente al Agrupamiento Escalafonario: General - Nivel: D - Grado: I - Tramo: Inicial - Régimen Horario: 120 Horas Mensuales (Part Time), del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Ministerio de Salud y Ambiente y de la Caja de Servicios Sociales, homologado por Decreto N° 0394/22.-
DÉJASE ESTABLECIDO que el agente designado en el Artículo 2, no gozará de estabilidad en el empleo, limitándose al tiempo de efectiva prestación de los servicios en el cargo conferido, no dando derecho alguno al nombrado una vez cesado en las funciones que se le asignan o hasta tanto se produzca el Concurso pertinente establecido en el Artículo 67° del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Ministerio de Salud y Ambiente y Caja de Servicios Sociales.-