DECRETO N° 0525
RÍO GALLEGOS, 12 de junio de 2025.-
Expediente MPCI-N° 428.545/25.-
ESTABLÉCESE que la práctica de actividades de turismo aventura dentro del territorio de la Provincia de Santa Cruz se desarrollará conforme al Decreto N° 3772/07 y a las disposiciones, requisitos y condiciones establecidos en el ANEXO I del presente.-
FACÚLTASE a la Secretaría de Estado de Turismo, autoridad de aplicación de la Ley N° 1045 y modificatorias a dictar los instrumentos legales tendientes a implementar las disposiciones reguladas en el presente Decreto y ejercer las medidas de contralor, de conformidad a la normativa vigente.-
AUTORÍZASE al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria para que a través de las áreas competentes instrumente operativamente los alcances del presente Decreto y a efectuar las adecuaciones presupuestarias que correspondan para su implementación, de conformidad con la normativa vigente.-