DECRETO N° 0842
RÍO GALLEGOS, 22 de septiembre de 2025.-
Resolución Nº 218.-
TÉNGASE COMO TEXTO DEFINITIVO para el Artículo 2 de la Ley promulgada parcialmente bajo el Nº 3936, el que a continuación se transcribe:
“Artículo 2°.- ESTABLÉCESE que la autoridad de aplicación dictará el Reglamento de Funcionamiento del Observatorio creado precedentemente”.-