Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 1489/2021
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Decretos Completos / publicado el 19 Abril 2022 / BO 5653

DECRETO N° 1489/2021

RATIFICACIÓN - CONVENIO - M.D.S./S.A.P.S. (MINISTERIO DE DESARROLLO DE LA NACIÓN)
DECRETO N° 1489
 
RÍO GALLEGOS, 24 de Noviembre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente MDS-Nº 205.422/21, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social y;
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia la ratificación del Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social representado en este acto por su titular, señor Jorge Daniel FERREYRA, por una parte y por la otra la Secretaría de Articulación de Política Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representada por su titular el señor Gustavo Marcelo AGUILERA, el cual forma parte integrante del presente;
Que el citado convenio tiene como objeto acordar la colaboración del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, a través de la Secretaría, ante la solicitud del Ministerio, que refiere a la preocupación generada por la Emergencia Social y Sanitaria que sufren nuestros compatriotas motivada por las medidas sanitarias adoptadas para mitigar la rápida propagación del virus (COVID-19), que ha sido declarado como pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS);
Que ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación al COVID-19, mediante DNU N° 260/20, el poder Ejecutiva Nacional amplió por el término de un año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541;
Que en esa misma línea, la provincia de Santa Cruz declara a través del Decreto N° 0273/20, ratificado por Ley N° 3693, la emergencia sanitaria en el ámbito provincial, prorrogado por Decreto N° 1123/21, hasta el día 31 de Diciembre del año 2021;
Que para el cumplimiento del objetivo mentado la Secretaría se compromete a transferir al Ministerio un subsidio institucional no reintegrable sujeto a rendición de cuentas documentada, conforme a lo dispuesto por la Resolución MDS N° 0485/16, por la suma de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000,00), de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias y financieras;
Que ante la Emergencia Social y los daños que la Salud Pública viene padeciendo, “El Ministerio” requiere la asistencia de “La Secretaría”, a fin de poder brindar una respuesta inmediata y coordinada para la contención de las necesidades alimentarias de la población conforme a la cantidad de posibles personas afectadas y la necesidad de asistirlas en esta situación de emergencia;
Que el Ministerio deberá presentar la rendición de cuenta documentada de su inversión de los fondos que recibiere, aplicando al efecto la metodología y los formularios previstos en la normativa vigente (Resolución MDS N° 2458/04), a este efecto resulta de aplicación lo establecido en la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, su Decreto Reglamentario N° 1344/07 y sus modificatorias y complementarios, y el Decreto N° 782/19;
Que a fs. 43, obra certificación de ingresos, por parte de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Desarrollo Social;
Que a fin de posibilitar su utilización resulta necesaria la incorporación de dichos recursos al Presupuesto 2021;
Que el Artículo 14 de la Ley N° 3720, faculta al Poder Ejecutivo a realizar dichas incorporación;
Por ello y atento a los Dictámenes DGALyJ-Nº 363/21, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y Judiciales del Ministerio de Desarrollo Social, obrante a fojas 25/26 y SLyT-GOB-Nº 1072/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 46/47;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todas sus partes el Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social representado en este acto por su titular, señor Jorge Daniel FERREYRA (Clase: 1967 - D.N.I. Nº 18.220.237), por una parte y por la otra, la Secretaría de Articulación de Politica Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representada por su titular, el señor Gustavo Marcelo AGUILERA (D.N.I. Nº 21.089.893), el cual forma parte integrante del mismo, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- INCREMÉNTASE en la suma total de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($200.000.000,00.-); el total de recursos del Presupuesto 2021, conforme al detalle que figura en la planilla que como Anexo II, forma parte integrante del presente.-
Artículo 3º.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000,00.-); el crédito del Presupuesto 2021, de la JURISDICCIÓN; SAF; FUENTE DE FINANCIAMIENTO; CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS E IMPUTACIONES PRESUPUESTARIAS (IPP), conforme al detalle que figura en las planillas que como Anexos III y IV, forman parte de la presente.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Desarrollo Social.-
Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Sr. Jorge Daniel Ferreyra

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI