Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0158/2026
Imprimir esta página


Decretos Completos / publicado el 24 Febrero 2026 / BO 6084

DECRETO N° 0158/2026

AUTORIZAR - “ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS PARA HOSPITALES DE LA PROVINCIA, CON DISTRIBUCIÓN LOGÍSTICA Y SOFTWARE PARA CONTROL DE STOCK” - MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE
DECRETO N° 0158
 
RÍO GALLEGOS, 20 de febrero de 2026.- 
V I S T O :
El EX-2026-00003160-SANTACRUZ-SSGFMSA; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita Autorizar al Ministerio de Salud y Ambiente a realizar el Llamado a Licitación Pública a través de la Dirección General de Contrataciones, respecto a la “ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS PARA HOSPITALES DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, CON DISTRIBUCIÓN LOGÍSTICA Y SOFTWARE PARA CONTROL DE STOCK”;
Que a tal efecto se deberá facultar a la Dirección General Contrataciones dependiente de la Dirección Provincial Administración de la Subsecretaría Gestión Financiera de la Secretaría de Estado Articulación y Monitoreo del Ministerio de Salud y Ambiente, a realizar el Llamado a Licitación Pública N° 002/MSA/2026, a fijar fecha, hora y lugar de apertura de los sobres, como así también a emitir Órdenes de Publicidad, conforme a lo establecido por el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Provincial N° 3755 y su modificatoria Ley N° 3810, aprobado mediante Decretos Reglamentarios Nros. 1678/22 y 0789/25;
Que la tramitación surge por solicitud de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente del Ministerio de Salud y Ambiente, con el objetivo de avanzar con la adquisición centralizada de medicación esencial destinada a hospitales y centros de salud de toda la provincia, siendo de imperiosa la necesidad de garantizar el acceso equitativo, oportuno y continuo a medicamentos en todas las localidades, especialmente en aquellas de difícil acceso, considerando la amplia geografía provincial, las extensas distancias entre centros urbanos y las condiciones climáticas adversas que muchas veces limitan la logística y el abastecimiento regular;
Que asimismo, se requiere que dicha adquisición esté acompañada de la implementación de un sistema informatizado de control de stock, que permita un seguimiento en tiempo real del consumo, el ingreso y egreso de medicación, así como la trazabilidad de los lotes y fechas de vencimiento, para reducir al mínimo el desperdicio por vencimientos, optimizar el uso racional de medicamentos y mejorar la planificación en futuras compras;
Que la respectiva solicitud cuenta con el aval de la titular de dicha cartera ministerial;
Que en tal sentido, mediante Resolución N° 57/25, emitida por el Comité Administrador del Fondo Fiduciario UNIRSE se aprobó la inversión del Fondo Fiduciario Unirse en el Proyecto presentado por el Ministerio de Salud y Ambiente, enmarcado en el componente 3.1.a “Apoyo Integral a Efectores de Salud” destinada a la adquisición centralizada de medicamentos destinado a los hospitales públicos de la Provincia conforme el monto aprobado que se detalla en la parte dispositiva;
Que la Dirección General Presupuesto del Ministerio de Salud y Ambiente, ha tomado intervención de competencia;
Que la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente informa que actualmente los efectores hospitalarios registran niveles críticos de stock en medicamentos esenciales, situación que compromete drásticamente el servicio público de salud, siendo indispensable la reposición inmediata de los mismos, a fin de garantizar tratamientos en curso, atención de urgencias y prácticas hospitalarias, configurándose en una situación de urgencia sanitaria, debiendo preverse en esta instancia, la adecuación y reducción de plazos del procedimiento licitatorio (NO-2026-00018625-SANTACRUZ-SESSPMSA);
Que el presente trámite se halla encuadrado dentro de lo establecido en la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Provincial N° 3755 y su modificatoria Ley N° 3810 - Título VII - Sección III - Artículo 137 Inciso a), Decreto Reglamentario N° 1678/22 - Anexo I A - Artículo 8º, Inciso a) última parte del segundo párrafo;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAL-Nº 403/26, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Salud y Ambiente y SLyT-GOB-Nº 00019159/26, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
 
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL DESPACHO DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E T A :
 
Artículo 1°.- AUTORÍZASE al Ministerio de Salud y Ambiente para que a través de la Dirección General de Contrataciones efectúe el llamado a licitación pública N° 002/MSA/2026 tendiente a la “ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS PARA HOSPITALES DE LA PROVINCIA, CON DISTRIBUCIÓN LOGÍSTICA Y SOFTWARE PARA CONTROL DE STOCK”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA MIL VEINTICUATRO CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 8.695.830.024,59), conforme a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2°.- APRUÉBASE el Pliego de Condiciones Generales y Anexos I, II y III, que regirán el llamado a licitación pública N° 002/MSA/2026, los cuales forman parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 3°.- FACÚLTASE a la Dirección General Contrataciones dependiente de la Dirección Provincial Administración de la Subsecretaría Gestión Financiera de la Secretaría de Estado Articulación y Monitoreo del Ministerio de Salud y Ambiente, a realizar el Llamado a Licitación Pública N° 002/MSA/2026, a fijar fecha, hora y lugar de apertura de los sobres, como así también a emitir Órdenes de Publicidad, conforme a lo establecido por el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Provincial N° 3755 y su modificatoria Ley N° 3810, aprobado mediante Decretos Reglamentarios Nros. 1678/22 y 0789/25.-
Artículo 4°.- ESTABLÉCESE que el llamado a licitación pública que se autoriza por el Artículo 1°, deberá efectuarse bajo los lineamientos establecidos en el Artículo 8° Inciso a), última parte del segundo párrafo del Anexo I “A” del Decreto N° 1678/22.-
Artículo 5.- ESTABLÉCESE que la presente erogación será atendida con cargo al Programa UniRSE- enmarcado en el componente 3.1 “Apoyo Integral a Efectores de Salud” destinado a la adquisición centralizada de medicamentos destinados a hospitales públicos de la Provincia.-
Artículo 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Salud y Ambiente.-
Artículo 7°.- PASE al Ministerio de Salud y Ambiente, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Sr. FABIÁN OSCAR LEGUIZAMÓN - Dra. María Lorena Ross

 


AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI