Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0857/2023
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Decretos Completos / publicado el 05 Octubre 2023 / BO 5816

DECRETO N° 0857/2023

INCREMENTACIÓN DE FONDOS - ASISTENCIA INMEDIATA PARA ABORDAJE INTEGRAL A FAMILIAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD - M.D.S.
DECRETO N° 0857
 
RÍO GALLEGOS, 24 de julio de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MDS-Nº 205.430/21 elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 0028/23, se autorizó al Ministerio de Desarrollo Social a realizar una asignación de fondos, de acuerdo a lo solicitado por la Subsecretaría de Coordinación de Asistencias, por la suma total de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000,00) mensuales, renovables hasta el día 31 de diciembre del año 2023, destinado a la asistencia inmediata para Abordaje Integral a familias en situación de vulnerabilidad;
Que a fojas 136, la Subsecretaría de Coordinación de Asistencias, solicita la incrementación de fondos por la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000,000,00) resultando el mismo en la suma total de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000,00), renovables automáticamente no pudiendo acumularse más de dos fondos;
Que se propone garantizar el acceso a bienes y servicios a aquellas personas en situación de mayor vulnerabilidad que se encuentran atravesando una situación crítica ocasionada por factores climáticos o sociales, y que requieran una respuesta por parte del Estado con carácter de urgencia y sin excepción;
Que dicho incremento encuentra sustento legal en el aumento del costo de bienes y servicios, sumado al mayor número de requerimientos efectuados desde diferentes localidades y Comisiones de Fomento de la Provincia siendo necesario una respuesta efectiva e inmediata;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DGALJ Nº 1000/23 emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y Judiciales obrante a fojas 138/139 y SLyT-GOB-Nº 671/23 emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 146;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- INCREMÉNTASE a partir del día de la fecha, en la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000,00) mensuales, la asignación de fondos autorizada oportunamente por el artículo 1º del Decreto Nº 0028/23, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento del Ministerio de Desarrollo Social.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Sra. María Belén García

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI