DECRETO Nº 0358
RÍO GALLEGOS, 13 de abril de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MTEySS Nº 532.166/23, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se propicia homologar el acuerdo concertado en Acta Nº 03 celebrada el día 30 de marzo del 2023 entre la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE VIALIDAD PROVINCIAL (A.G.V.P.) y el SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD PROVINCIAL - SANTA CRUZ (S.P.V.P.S.C.) en el marco de las negociaciones colectivas de trabajo;
Que las partes acordaron incrementar los porcentuales de las clases teniendo como base de cálculo el Decreto N° 1291/11 y elevar los porcentuales del Código 622 “Categorías” a partir de marzo 2023 conforme surge del detalle de los cuadros consignados en el Acta que como Anexo forma parte integrante del presente;
Que asimismo se acordó con los haberes del mes de marzo 2023 absorber el monto $ 250.00 del Código “Compensador” más el 12% quedando la Clase I en PESOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON VEINTISIETE CENTAVOS ($ 48.951,27) además de diversos aumentos sobre el básico de la Clase I para los meses de mayo, junio y julio del corriente año, cuyo detalle figuran en la referida Acta;
Que se acordó dejar establecido que en cada una de las cuotas los Básicos se calcularán en función de la modificación escalafonaria definida en el punto 1;
Que todos los incrementos otorgados tienen carácter acumulativo;
Que la presente propuesta salarial alcanza al sector activo, jubilados y pensionados;
Por ello y atento a los Dictámenes Nº 0793/DGAJ/22 emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 38/39 y SLyT-GOB Nº 0271/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 53/54;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- HOMOLÓGASE, el acuerdo pactado en Acta Nº 03 celebrada con fecha 30 de marzo del año 2023, entre la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE VIALIDAD PROVINCIAL (A.G.V.P.) y el SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD PROVINCIAL - SANTA CRUZ (S.P.V.P.S.C.), en el marco de las negociaciones colectivas de trabajo, en un todo de conformidad a los considerandos del presente instrumento legal y el Acta que como ANEXO forma parte integrante del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda), a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Sr. Teodoro S. Camino