DECRETO N° 0347
RÍO GALLEGOS, 12 de abril de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 421.428/22, elevado por el Ministerio de la Producción, Comercio e Industria; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia ratificar en todas sus partes las Actas de Rescisión de los Convenios de Asistencia Económica entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la provincia de Santa Cruz - Objeto: “ Mejoras de infraestructura del Aeródromo Río Turbio y Aeródromo Gobernador Gregores” respectivamente;
Que por Decreto N° 1062/21 se ratificó en todas sus partes el Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la provincia de Santa Cruz suscripto el día 11 de agosto de 2021, cuyo objeto fue la cooperación entre las partes en materia de asistencia técnica y coordinación de esfuerzos para el desarrollo de las estrategias, programas, proyectos y otros objetivos afines a ellos tendientes al desarrollo y la concreción de diversos proyectos que se encuadran dentro del Plan Nacional de Transporte y que tiendan a mejorar los sistemas de transporte de la Provincia;
Que por Decreto Nº 1276/21 se ratificó en todas sus partes el Convenio de Asistencia Económica entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la provincia de Santa Cruz - “Mejoras de Infraestructura del Aeródromo de Río Turbio”, suscripto el día 11 de agosto del año 2021 cuyo objeto fue la colaboración en la ejecución de la obra del mencionado aeródromo aportando la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 51.145.981,76);
Que por Decreto Nº 1347/21 se ratificó en todas sus partes el Convenio de Asistencia Económica entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la provincia de Santa Cruz - “Mejoras de Infraestructura del Aeródromo Gobernador Gregores”, suscripto el día 11 de agosto del año 2021 cuyo objeto fue la colaboración en la ejecución de la obra del mencionado aeródromo aportando la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON TRES CENTAVOS ($ 148.605.495,03);
Que a fojas 93 obra Nota Nº 086-SCA-MPCI/2022 emitida por la Subsecretaría de Coordinación Administrativa del Ministerio de la Producción Comercio e Industria en la cual se informa que Administración no registra ingresos de fondos provenientes del Ministerio de Transporte de la Nación en el marco de los Convenio de Mejoras de Infraestructura correspondientes al Aeródromo de Río Turbio y Aeródromo de Gobernador Gregores, adjuntando detalle y saldo de la Cuenta Corriente del Banco Santa Cruz S.A., correspondiente al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria;
Que a fojas 113 obra Nota Nº 035/D.A.T.A./S.S.T/2023 emitida por el Director de Asesoría Técnica y Administrativa, señor Rodrigo D´AVENA, en la cual solicita la ratificación de las actas de rescisión de los Convenios de Asistencia Económica entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la provincia de Santa Cruz - Objeto “Mejoras de infraestructura del Aeródromo Río Turbio y Aeródromo Gobernador Gregores” respectivamente los cuales forman parte integrante de la presente;
Por ello y atento a los Dictámenes DPAL-Nº 0231/23, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, obrante a fojas 123/124 y SLyT-gob-nº 252/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 134;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todas sus partes las Actas de Rescisión de los Convenios de Asistencia Económica celebradas entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la provincia de Santa Cruz - Objeto: “ Mejoras de infraestructura del Aeródromo Río Turbio y Aeródromo Gobernador Gregores” suscriptas el día 2 de marzo de 2023 cuyo objeto es rescindir de mutuo acuerdo los mencionados Convenios, los cuales forman parte integrante del presente, en los términos de la cláusula décimo segunda, inciso a) de los Convenios ratificados por Decretos 1276/21 y 1347/21 respectivamente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Lic. Silvina Del Valle Córdoba