DECRETO N° 0047
RÍO GALLEGOS, 12 de enero de 2023.-
V I S T O :
Las Leyes Nros. 1831, 3480 de Orgánica de Ministerios y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1165/19 y 1544/22 y el Expediente MS-N° 780.993/22 (II Cuerpos); y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 3680 se sustituyó el artículo 1º de la Ley Orgánica de Ministerios Nº 3480 y sus modificatorias incorporando al Ministerio de Seguridad como una nueva cartera ministerial dependiente del Poder Ejecutivo Provincial, para cumplir las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias;
Que por conducto del Decreto Nº 1165/19 se aprobó la Estructura Organizativa del Ministerio de Seguridad determinando las misiones, funciones y organigramas de las diversas dependencias bajo su cargo;
Que con el propósito de efectuarse un reordenamiento de las distintas unidades organizativas de dicha cartera ministerial, se procedió a aprobar la nueva Estructura Orgánica mediante Decreto N° 1544/22, dando lugar a nuevas estructuras más dinámicas y adaptables a los cambios permanentes, con la finalidad de brindar una rápida respuesta a las demandas de la sociedad;
Que en función de ello, corresponde dejar establecido que diversos funcionarios revisten continuidad en sus cargos conforme dicha normativa;
Que además, en el nuevo Organigrama aprobado se modificaron las denominaciones de numerosos cargos, haciéndose necesario readecuar las designaciones oportunamente efectuadas a determinados funcionarios;
Que a tal efecto y teniéndose en cuenta el reordenamiento estructural es que se deberá proceder a limitar y designar, a partir del día que se indica en cada caso, a varias personas en diferentes cargos dependientes del Ministerio de Seguridad;
Que los cargos se encuentran vacantes y previstos en la Estructura Funcional Organizativa, aprobada por Decreto N° 1544/22;
Que la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad ha tomado la intervención de su competencia;
Que el presente se realiza en el marco de los alcances de los artículos 4° y 5° de la Ley N° 1831;
Por ello y atento a los Dictámenes SAJ-Nº 183/22, emitido por la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 280/281 y SLyT-GOB-Nº 029/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 316/317;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- DÉJASE ESTABLECIDO, que los funcionarios que se detallan en el ANEXO I revisten continuidad en sus cargos conforme la Estructura Organizativa aprobada mediante Decreto N° 1544/22, de conformidad a los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- ESTABLÉCESE, que las designaciones consignadas en el ANEXO II se corresponden a los cargos readecuados en sus denominaciones, ello en conformidad a los considerandos del presente.-
Artículo 3º.- LIMÍTASE, a partir del día que en cada caso se indica, a varios agentes en diversos cargos dependientes del Ministerio de Seguridad, de acuerdo al detalle que como ANEXO III forma parte integrante del presente.-
Artículo 4º.- DÉJASE ESTABLECIDO, que los agentes limitados precedentemente y que revistan como agentes Planta Permanente, se reintegrarán a su situación de revista escalafonaria en la JURISDICCIÓN y SAF correspondiente.-
Artículo 5º.- DESÍGNASE, a partir del día que en cada caso se indica, a varios agentes en diversos cargos dependientes del Ministerio de Seguridad, de acuerdo al detalle que como ANEXO IV forma parte integrante del presente.-
Artículo 6º.- DÉJASE ESTABLECIDO, que los agentes designados precedentemente y que revistan como agentes Planta Permanente, retendrán su situación de revista escalafonaria en la JURISDICCIÓN y SAF correspondiente.-
Artículo 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.-
Artículo 8º.- PASE al Ministerio de Seguridad, a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Sr. Luca Kevin Pratti