DECRETO N° 1547
RÍO GALLEGOS, 05 de diciembre de 2022.-
V I S T O :
La proximidad de las tradicionales festividades de fin de año; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 27.399 se estableció los días 25 de diciembre y 1° de enero de cada año, como feriados nacionales inamovibles y no laborables:
Que en dichas fechas se celebran las Festividades de Navidad y Año Nuevo, respectivamente, constituyendo motivo de encuentro y celebración familiar en el seno de los hogares de todo el país;
Que con motivo de dichas festividades, resulta una práctica común que las familias santacruceñas decidan trasladarse hacia otras localidades u otras provincias para celebrar los esperados festejos en un espíritu de paz, alegría y reflexión;
Que en dicho contexto resulta propicio fomentar el acercamiento entre los seres queridos, recomendando que tanto los viajes como las reuniones sociales se realicen en un marco absoluto de cuidado, armonía, respeto y unión familiar;
Que dichas declaraciones, fortalecerán no sólo el encuentro entre conciudadanos, sino potenciarán además el desarrollo de actividades sociales, recreativas y turísticas de orden interprovincial destacando la importancia que para las economías locales representa el movimiento turístico en dichas ocasiones, repercutiendo ello favorablemente en el aspecto socio-económico provincial;
Que con la finalidad de compartir en familia tales acontecimientos, el Gobierno de la provincia de Santa Cruz se une a las celebraciones, posibilitando el acercamiento de quienes por diversas causas se domicilian lejos de sus seres queridos, resultando pertinente otorgar ASUETO ADMINISTRATIVO para todo el personal de la Administración Pública Provincial, Centralizada y Descentralizada, Entes Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado, los días 23, 26 y 30 de diciembre de 2022 y 02 de enero del año 2023;
Que asimismo corresponde instruir a los distintos Organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales;
Por ello, en uso de las facultades que emanan de la Carta Magna provincial;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.- DISPÓNESE ASUETO ADMINISTRATIVO para el ámbito de la Administración Pública Provincial, Centralizada y Descentralizada, Entes Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado, durante los días 23, 26 y 30 de diciembre de 2022 y 02 de enero del año 2023.-
Artículo 2°.- INSTRÚYASE a los Organismos aludidos en el artículo precedente a implementar las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales.-
Artículo 3°.- INVÍTASE a las Municipalidades y Comisiones de Fomento, y demás poderes del Estado a disponer idéntica medida para sus dependientes.-
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.-
Artículo 5°.- PASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación (Dirección Provincial de Recursos Humanos), Jefatura de Gabinete de Ministros, a los Ministerios de Gobierno, de Economía, Finanzas e Infraestructura, de Salud y Ambiente, de Desarrollo Social, de la Producción, Comercio e Industria, de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de Seguridad y de la Igualdad e Integración, Consejo Provincial de Educación, Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos y Sociedades del Estado, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martínez