Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0625/2022
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Decretos Completos / publicado el 13 Septiembre 2022 / BO 5697

DECRETO N° 0625/2022

INCREMENTACIÓN DE FONDOS - RECURSOS DEL PRESUPUESTO 2022 - UN.E.PO.S.C.
DECRETO N° 0625
 
RÍO GALLEGOS, 26 de mayo de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MEFI-Nº 410.029/22, iniciado por la Subsecretaría de Presupuesto y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, y;
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia la incorporación de fondos remanentes al Presupuesto 2022 por la suma total de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL ($ 334.930.000,00) correspondientes a Fondos Nacionales transferidos a la Unidad Ejecutora Portuaria de Santa Cruz en el Ejercicio Presupuestario 2021;
Que a fojas 5 obra Nota N° 443 de fecha 6 de mayo de 2022, de la Dirección General de Bancos e Ingresos de la Tesorería General de la Provincia, certificando el saldo remanente al 31 de diciembre de 2021;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 de la Ley N° 3770;
Por ello y atento a los Dictámenes CAJ-Nº 355/22, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 11/12 y SLyT-GOB Nº 468/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 19/20;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1°.- INCREMÉNTASE en la suma total de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL ($ 334.930.000,00); el total de Recursos del Presupuesto 2022, conforme al detalle que figura en la Planilla que como Anexo I, forma parte integrante del presente.-
Artículo 2º.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL ($ 334.930.000,00); en el Presupuesto 2022, el crédito de la JURISDICCIÓN; SAF; FUENTE DE FINANCIAMIENTO; CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS; IPP, conforme al detalle que figura en la Planilla que como Anexo II, forma parte integrante del presente.-
Artículo 3º.- COMUNÍQUESE a la Honorable Cámara de Diputados conforme lo establecido el artículo 14° de la Ley Nº 3770.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 5°.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI