ACUERDO N° 006
RÍO GALLEGOS, 09 de enero de 2026.-
Expediente N° 126.859/CAP/1938.-
ACÉPTASE el Oficio en autos caratulados “NOVOSEL RAÚL JOSÉ S/SUCESIÓN AB INTESTATO Expte. N° 18934/18 que tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia N° 2 en lo Civil Comercial, laboral y de Minería, de Caleta Olivia Provincia de Santa Cruz Dr. Franco Matías VILLALÓN LESCANO, mediante el cual se declara que en virtud de la Declaratoria de Herederos y de los Convenios de división de bienes, el inmueble descripto ut supra, adjudicado a Marko NOVOSEL (D.N.I. N° 13.908.428) y Raúl José NOVOSEL (D.N.I. N° 14.111.583) según Acuerdo N° 013/CAP/18, quedan por partición y acuerdo de partes todos los derechos que se derivan de esa adjudicación en un 100% a favor del señor Juan Pablo NOVOSEL D.N.I. N° 35.182.216.-
DECLÁRESE que queda como único titular de la adjudicación en venta mencionada precedentemente en un 100% el Sr. Juan Pablo NOVOSEL D.N.I. N° 35.182.216.-
Lic. HUGO ARIEL GARAY
Presidente
Consejo Agrario Provincial
FACUNDO KASCHEWSKI
Vocal Director
RIVERA EMILIO HERNÁN
Vocal Director/Sector Ganadero
MIGUEL Oʹ BYRNE
Vocal/Poder Ejecutivo
Consejo Agrario Provincial